Propiedad Intelectual

RHD ABOGADOS cuenta con la experiencia comprobada en temas de propiedad intelectual, por lo que podemos asegurarle efectividad al más alto nivel.
En nuestra firma sabemos que la Propiedad Intelectual es el activo más valioso de las empresas y es por ello que ofrecemos a todos los clientes nuestros servicios de asesoría legal relacionada con:

Más Información

  • Búsqueda y Registro de Marcas, Denominaciones Comerciales y otras variedades de Propiedad Industrial  ante la DIGERPI, las autoridades aduaneras y las autoridades de la Zona Libre de Colón.  También ofrecemos el servicio de búsqueda y registro de marcas en el extranjero.
  • Ejecución de áuditos legales (due diligence) de propiedad intelectual, como procedimiento previo a la fusión y adquisición de empresas.
  • Registros Sanitarios de Alimentos, Cosméticos, Farmacéuticos y Productos Químicos.
  • Registros de nombres de dominio.
  • Lo ayudamos a comprobar el uso de su marca, producto o nombre personal al instante en más de 550 sitios Web de medios de comunicación social.
  • Redacción y revisión de contratos relacionados con asuntos de propiedad intelectual, tales como licencia de uso de marcas, acuerdos de coexistencia, contratos de distribución y contratos de franquicia.
  • Registro de Propiedad Intelectual, Artística o Literaria ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
  • Gestión de procesos judiciales y administrativos relacionados con asuntos de Propiedad Industrial e Intelectual, tales como demandas de oposición, nulidad, recursos de reconsideración, apelación, allanamientos y aprehensión provisional por comercialización de productos con marcas falsificadas, en la ciudad de Panamá y en la Provincia de Colón.
  • Defensa judicial en materia de propiedad industrial ante las autoridades aduaneras y ante las autoridades de la zona libre de Colón.
  • Defensas judiciales en materia de violación a la ley de registros sanitarios por comercialización de productos sin el correspondiente registro sanitario.
  • Defensas judiciales en cuestiones relacionadas con violaciones al derecho de autor, en materia de software, música, etc.
  • Asesoría legal sobre cómo generar ingresos y valor con sus marcas.
  • Tramitación de concesiones, de permisos o licencias de operación y explotación en general.

Propiedad Intelectual

La Organización Mundial de La Propiedad Intelectual (OMPI) nos dice que es aquella tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.

La Propiedad Intelectual está compuesta o dividida en dos grandes categorías: Derecho de Autor y Propiedad Industrial y estas ramas son, sin duda alguna, la base rectora para que todo aquél que desee proteger sus derechos sobre las cosas que ha creado o inventado realice las gestiones legales correspondientes para dar valor agregado a uno de los activos importantes de su empresa. Vale la pena resaltar que estos bienes intangibles muchas veces logran pasar desapercibidos por las empresas, sin darle el valor tangible que tienen y que se traduce, hechas las gestiones adecuadas, en un fuerte componente de la estructura de cualquier empresa.

  • Derecho de Autor:

Protege las creaciones literarias, artísticas, científicas, programas de ordenador, obras de arquitectura y de las artes plásticas, científicas o didácticas estén publicadas o inéditas y de cualquier género sin que medie necesariamente el cumplimientos de las formalidades del la Ley 15 de 8 de agosto de 1994. Aunque este registro no es obligatorio se recomienda a efectos de demostrar la titularidad de los derechos, pues otorga al que registró, una presunción a su favor de la titularidad o autoría y fecha.

  • Derecho de Propiedad Industrial

Tiene por objeto la protección de las invenciones y dibujos industriales, los secretos industriales y comerciales, las marcas de productos y servicios, las marcas colectivas y de garantía, las indicaciones de procedencia, las denominaciones de origen, los nombres comerciales y expresiones o señales de propaganda.

Los derechos que otorga a su titular se circunscriben a que mantiene en su dominio el derecho de uso y explotación exclusivos,  por el tiempo que la Ley así lo establece. En el caso de las marcas son 10 años renovables indefinidamente.
En Panamá, contamos con la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI), la cual es una dependencia del Ministerio de Comercio e Industrias y es el lugar en donde se solicitan los diferentes registros de marcas, patentes, denominaciones comerciales, licencias y otros, a fin de brindar una protección integral a los titulares contra el uso no autorizado de sus derechos de propiedad intelectual.

Marcas


Descargar ley 35 de 1996

Una marca  es un signo distintivo, es decir, todo signo, palabra, combinación de estos elementos o cualquier otro medio que, por sus caracteres, sea susceptible de individualizar un producto o servicio en el comercio.
El derecho al registro se adquiere por el uso, pero el derecho al uso exclusivo del signo distintivo en el mercado, se adquiere por su registro.

Las marcas son un activo intangible que tienen igual o mayor relevancia, en algunos casos, que el propio producto que ayuda a identificar, y su registro permite, entre otras cosas, que una empresa impida la competencia desleal y la falsificación de las mismas.

  • Requisitos Generales

1. Datos del solicitante, que deben contener  el nombre, nacionalidad, domicilio preciso, número del documento de identidad personal del solicitante o su razón social, lugar de constitución y domicilio preciso, si el solicitante es persona jurídica;

2. Poder conferido a un abogado que incluya si se trata de persona jurídica. (Descargar Poder)

3. Una certificación notarial de la existencia y representación legal del titular o certificación expedida por autoridad competente del país de su constitución.
Si es una persona jurídica constituida en Panamá esta certificación será emitida por el Registro Público.
Estos documentos del exterior deben estar apostillados o legalizados por el Cónsul más cercano del lugar donde se expidan.
4. Seis (6) etiquetas, diseño o dibujo de la marca.
5. Descripción de la marca la cual debe contener:

• Denominación y/o diseño de la marca, tal como será usada en el mercado
• Especificación de los productos o servicios en los cuales la marca es o será usada;
• Fecha cuando se empezó a usar la marca, si se solicita el registro en base a su uso y para determinar la prelación del derecho.

6. Reivindicación de un derecho de prioridad, si lo hay, de acuerdo al Convenio de París, indicando país de origen u oficina en la cual se hubiese presentado la solicitud prioritaria, la fecha de presentación y el número asignado a la misma, a través de una copia certificada del Registro Prioritario del país de origen de la solicitud.

Licencias de uso de marca

Cuando se requiere registrar una Licencia de uso el Cliente debe cumplir con la siguiente documentación

Requisitos
1. Poder otorgado a un abogado con la misma información que requiere registrar una marca y legalizado por el Cónsul de Panamá en el país que se expida o mediante apostilla.
2. Descripción de la licencia de uso que incluya:
• El nombre o razón social
• Nacionalidad o lugar de constitución, domicilio preciso y número de los documentos de identidad personal de las partes.
• Denominación y/o descripción de la marca, con indicación del número y fecha de registro.
• Especificaciones de los productos o servicios en relación a los cuales se haya acordado el uso autorizado de la marca.
• Tipo y término de duración de la licencia.
3. Copia autenticada del contrato o acta de la licencia de uso y legalizada por el Cónsul de Panamá en el país que se expida o mediante apostilla.

Patentes

Es el derecho de explotación que el Estado otorga en exclusividad al inventor que realice una invención o modelo de utilidad por sí o por otros con su consentimiento por un período determinado. Vencido el plazo o período, la patente pasará a dominio público y cualquiera podrá explotarla sin consentimiento y el Estado logra así enriquecer el patrimonio tecnológico del país.
Solicitar la inscripción de la patente le da al solicitante la herramienta efectiva para impedir que otros hagan uso de la misma sin su consentimiento, logrando así que su invención o modelo de utilidad esté protegida frente a terceros. Para leer más acerca de los requisitos y trámites para una Patente de Invención puedes descargar este archivo:

Registros Sanitarios de Alimentos, Medicamentos y Productos Farmacéuticos

Los registros sanitarios de cosméticos, medicamentos y productos farmacéuticos para productos locales o extranjeros en la República de Panamá se deben solicitar en la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud y el Certificado de Registro que resulte de dicha gestión será expedido por un término de 5 años renovables a través de solicitud previa  a su vencimiento.

Siendo así, se debe cumplir con la siguiente documentación:

Requisitos  para medicamentos y productos farmaceuticos

  1. Poder a favor de abogado
  2. Datos generales del solicitante y producto
  3. Certificado de Libre Venta (CLV)
  4. Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura del Fabricante
  5. Patrón Analítico con su Certificado de Análisis
  6. Método de Análisis.
  7. Especificaciones del Producto Terminado
  8. Código de Lote (declaración e interpretación
  9. Monografía del producto.
  10. Estudios de Estabilidad
  11. Estudios Clínicos.
  12. Fórmula Cuali-cuantitativa del producto
  13. Detalles y características de los diferentes envases
  14. Análisis del producto (realizado por la autoridad)
  15. Etiquetas y muestras. 

Requisitos para alimentos y bebidas

La documentación se presentará  en el Departamento de Proteccción de Alimentos del Ministerio de Salud (MINSA) la cual de incluir:

  1. Poder a favor de
  2. Datos generales del solicitante y producto.
  3. Certificado de Libre Venta (CLV).
  4. Certificación Sanitaria de la Planta o Permiso de Operación.
  5. Listado de ingredientes.
  6. Especificaciones del tipo y material de los envases.
  7. Método de Elaboración (incluyendo tiempo y temperatura).
  8. Vida Media del producto.
  9. Código de Lote (declaración e Interpretación)
  10. Permiso / Licencia Fito zoo sanitaria de Importación.
  11. Etiquetas y muestras
  12. Análisis realizado al producto por la autoridad

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